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DECRETO N° 668

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprueba la reforma al artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acordadas por el Congreso de la Unión.

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Conforme a los procedimientos constitucionales legales, remítase el presente Decreto a las Cámaras de Senadores y de Diputados del Congreso de la Unión.

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 31 de julio de 2008.

 

 

 

DIP. ETELBERTO GÓMEZ FUENTES.

PRESIDENTE.

RÚBRICA.

 

 

DIP. SILVIA ESTELA ZÁRATE GONZÁLEZ.

SECRETARIA.

RÚBRICA.

 

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ.

SECRETARIO.

RÚBRICA.